Este Tribunal Cuarta de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda ratificar e imponer al imputado REINALDO JOSE BETANCOURT ROMERO, venezolano, de 49 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.704.272, nacido en fecha 17-03-1959, de estado civil casado, de oficio Licenciado, residenciado en la Urbanización Villa Cristóbal Colon, calle 05, casa No. 259, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, y a favor de la victima la ciudadana TANIA GREGORINA GUTIERREZ DE BETANCOURT, de conformidad con el artículo 87 numerales 5, 6 Y 13 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, consistentes en la salida del agresor de la residencia común independientemente de su titularidad, prohibición al agresor de acercamiento a la víctima, así como a su residencia, al lugar de trabajo, de estudio y de residencia de la mujer agredida, así como la prohibición del agresor por si mismo o por tercera.....