Esta Corte dictó decisión mediante la cual se declaró competente para conocer la acción de amparo interpuesta, se admitió la referida acción, se ordenó la notificación de las partes y tercero interesado, Se ORDENA insertar copia certificada del presente fallo en el expediente N° 5.550 de la nomenclatura llevada por el Tribunal supuestamente agraviante, relativo al juicio de cumplimiento de contrato interpuesto por la sociedad mercantil "PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES G.T.S., C.A." contra el Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía; PROCEDENTE la medida cautelar innominada y, en consecuencia, se ORDENA suspender cautelarmente los efectos de la sentencia dictada el 2 de julio de 2008 por el Juzgado Superior Tercero en Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en el expediente N° 5.550, hasta tanto se dicte sentencia definitivamente firme en el presente caso. 04