Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el Sobreseimiento Definitivo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, a favor del ciudadano XXXXXXXX, quien es venezolano, de 20 años de edad (cuando sucedieron los hechos contaba con 17 años de edad), titular de la cédula de identidad XXXXXXX, de profesión u oficio indefinida, soltero, nacido en fecha 12-03-86, natural de Cumaná, Estado Sucre, hijo de XXXXXXX y XXXXXXXXX, domiciliado en XXXXXXXXX, por uno de los delitos Contra La Propiedad, en perjuicio de EDINSON LUIS ANDRADES ALFONSO; con fundamento en los artículos 561 literal "D" Y 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se acuerda el.....