La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, declara SIN LUGAR la demanda por cumplimiento de contrato, interpuesta por el abogado Ricardo Antela Garrido, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 53.846, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BASURVEN SERVICIOS SANITARIOS, C. A., (BASURVENCA), inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha primero de diciembre de 2000, bajo el Nº 58, Tomo 262 A, la cual se encuentra domiciliada en Caracas, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SOTILLO DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.