Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 15/02/2023

Formato:  Ficha  Lista

Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : 2020-242 N° Sentencia : AW42-2023-000009 Fecha: 15/02/2023
Procedimiento:
Demanda De Nulidad
Partes:
MELOPHONE CONSULTORES E SERVICOS, S.A., VS SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI)
Resumen:
Se registró y publicó decisión en la cual este Juzgado de Sustanciación del JNSCARC, Se pronunció sobre el escrito de pruebas presentado en la Audiencia de Juicio celebrada en fecha 25 de enero de 2023, por los abogados ANDRÉS JOSÉ LINARES BENZO y KATHLEEN BARRIOS BALZÁN, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 42.259 y 246.803 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil MELOPHONE CONSULTORES E SERVICOS, S.A., en consecuencia, pasa a pronunciarse en los siguientes términos: DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES este Órgano Sustanciador las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho se requiere, por cuanto no se observa que las mismas sean ilegales o impertinentes y por cuanto dichas instrumentales cursan en actas manténganse en el expediente, quedando a cargo del Juez de mérito la apreciación y valoración de dichos instrumentos al momento de dictar la sentencia de fondo. Así se decide. De la Prueba Libre este Juzgad.....
Juez/Ponente:
Ana Teresa Oropeza de Merida
Organo:
Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Segundo
arriba

N° Expediente : 2020-242 N° Sentencia : AW42-2023-000008 Fecha: 15/02/2023
Procedimiento:
Demanda De Nulidad
Partes:
MELOPHONE CONSULTORES E SERVICOS, S.A., VS SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI)
Resumen:
Se registró y publicó decisión en la cual este Juzgado de Sustanciación del JNSCARC, Se pronunció sobre el escrito de pruebas presentado en la Audiencia de Juicio celebrada en fecha 25 de enero de 2023, por la abogada EUCARIS ALCALÁ GUTIÉRREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 131.745, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil CONFECCIONES ARARAT, C.A., en su condición de tercero interesado, en consecuencia, pasa a pronunciarse en los siguientes términos: DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES este Órgano Sustanciador las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho se requiere, por cuanto no se observa que las mismas sean ilegales o impertinentes y por cuanto dichas instrumentales cursan en actas manténganse en el expediente, quedando a cargo del Juez de mérito la apreciación y valoración de dichos instrumentos al momento de dictar la sentencia de fondo. Así se decide. DE LA PRUEBA DE INFORMES solicitada por la abogada EUCARIS ALCALÁ GUTI.....
Juez/Ponente:
Ana Teresa Oropeza de Merida
Organo:
Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Segundo
arriba

N° Expediente : 2021-114 N° Sentencia : AW42-2023-000007 Fecha: 15/02/2023
Procedimiento:
Demanda De Nulidad
Partes:
CORPORACIÓN AGROPECUARIA LA BARAKA C.A.; VS SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO (SUDEBAN)
Resumen:
Se registró y publicó decisión en la cual este Juzgado de Sustanciación del JNSCARC, Se pronunció sobre el escrito de pruebas presentado en la Audiencia de Juicio celebrada en fecha veinticinco (25) de enero de 2023, por la abogada por los abogados MARÍA ALEJANDRA VÁSQUEZ MORA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 79.168, actuando con el carácter de apoderada judicial de la SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO (SUDEBAN), identificadas en autos, en consecuencia, se declaró que corresponde respeto a PRINCIPIO DE LA COMUNIDAD DE LA PRUEBA Y LA VALORACIÓN DE MERITO DE LAS DOCUMENTALES PROMOVIDAS, a el Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en su condición de Juez de mérito, el encargado de valorar lo que consta en autos y la posibilidad de activar este principio en el marco de su decisión de fondo.
Juez/Ponente:
Ana Teresa Oropeza de Merida
Organo:
Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Segundo
arriba

N° Expediente : 2021-114 N° Sentencia : AW42-2023-000006 Fecha: 15/02/2023
Procedimiento:
Demanda De Nulidad
Partes:
CORPORACIÓN AGROPECUARIA LA BARAKA C.A.; VS SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO (SUDEBAN)
Resumen:
Se registró y publicó decisión en la cual este Juzgado de Sustanciación del JNSCARC, Se pronunció sobre el escrito de pruebas presentado en la Audiencia de Juicio celebrada en fecha veinticinco (25) de enero de 2023, por la abogada por los abogados MARÍA GABRIELA MARTÍNEZ VILA, CARMEN AMELIA CHACÍN MATERÁN Y RAMÓN ALFREDO MEDINA MARTÍNEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros.43.969, 22.879 y 38.541, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de sociedades mercantiles CORPORACIÓN AGROPECUARIA LA BARAKA, C.A. E INVERSIONES BARBASTRO, C.A, identificadas en autos, en consecuencia, se declaró que corresponde respeto a PRINCIPIO DE LA COMUNIDAD DE LA PRUEBA Y LA VALORACIÓN DE MERITO DE LAS DOCUMENTALES PROMOVIDAS, a el Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en su condición de Juez de mérito, el encargado de valorar lo que consta en autos y la posibilidad de activar este principio en el marco de su d.....
Juez/Ponente:
Ana Teresa Oropeza de Merida
Organo:
Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Segundo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados