Se dictó y se publicó decisión mediante la cual el Juzgado Nacional Primero declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta por la abogada Eneida Ojeda, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 69.270, contra la sentencia dictada en fecha 22 de junio de 2005, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró CON LUGAR la presente acción de amparo. 2.- CON LUGAR la apelación interpuesta 3.- REVOCA la sentencia apelada. 4.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Irving Maurell y Miguel Galindez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 83.025 y 90.759, respectivamente, apoderados judiciales de la sociedad mercantil SEGUROS BANVALOR, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 14 de enero de 1992, bajo el número 36, tomo 15-A-Sgdo., contra la SUPERINTENDENCIA MUN.....