En el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada, por la Abogada Milagro Chávez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Empresa Granja Monte Alegre, C.A, contra la Inspectoría del Trabajo del estado Cojedes. Se dictó sentencia mediante la cual esta Corte declaró: No acepta la declinatoria efectuada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto; Declinó la competencia al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte; Ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte. 02