Se dictó decisión mediante la cual esta Corte, vista la reforma del escrito libelar, circunscribiendo la querella a la nulidad de los actos administrativos contenidos en las Providencias signadas con los números PRE-CJU-GPA-049-14, de fecha 6 de marzo de 2014 y PRE-CJU-GPA-155-2014, de fecha 24 de abril de 2014, dictadas por el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), requiriendo se decrete medida cautelar innominada, esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, consideró que el amparo cautelar contenido en el libelo original ya no resultaba ser una solicitud en la presente causa, razón por la cual, ordenó la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines que se pronuncie con respecto a la admisibilidad del presente recurso contencioso administrativo de nulidad y de considerarlo pertinente, ordene la apertura del cuaderno separado correspondiente a la medida cautelar solicitada. Asimismo, ordenó publicar, registrar y dejar copia de la presente decisión.