La Corte ADMITE PROVISIONALMENTE la pretensión de nulidad con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta. PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos. REMITE el presente expediente al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, del Trabajo, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, para que asuma la competencia y le de el trámite correspondiente a la pretensión nulificatoria, en virtud de la nueva doctrina de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia n° 2005/9, de 5 de abril (Caso: Universidad Nacional Abierta), y la sentencia n° 2005/193 de fecha 28 de abril de 2005, caso Proagro, C.A. Se advierte al Juzgado de sustanciación de esta Corte que la remisión ordenada deberá cumplirse una vez transcurridos los lapsos de apelación, y en caso de impugnación deberá abrir cuaderno separado certificado con inserción del libelo .....