Por las razones precedentemente expuestas, esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1. DESISTIDO el procedimiento de la demanda de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por el ciudadano Daniel Avedaño, en su carácter de Representante de la Sociedad Mercantil DAFA C.A., debidamente asistido por la Abogada Rosa López contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° CTM-DDE/PADR001/2013, de fecha 3 de julio de 2013, emanada de la DIRECCIÓN DE DETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDADES DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DEL ESTADO MIRANDA. 2. ORDENA el archivo del expediente.