PRIMERO: Se CONFIRMA la decisión dictada en Audiencia Especial de Presentación del Aprehendido, celebrada en fecha 02 de Septiembre de 2015, por el Juzgado Primero de Control de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, mediante la cual decretó a los imputados PAVEL MARTINEZ, ANGELO ECHARRY y NELSON CACERES, la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2, 3 y 237 numerales 2, 3 y parágrafo primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR, la solicitud de nulidad del procedimiento de aprehensión realizada por el abogado JUAN CARLOS GOYO, en su carácter de Defensor Público de los imputados: PAVEL MARTINEZ, ANGELO ECHARRY y NELSON CACERES.
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