La Corte declaró: SIN LUGAR la demanda por vías de hecho ejercida conjuntamente con medida cautelar innominada ejercida por la abogada Carmen Epalza Gelvis, actuando con el carácter de apoderada judicial de las sociedades mercantiles INDUSTRIAS VENOCO, C.A., LUBRICANTES VENOCO INTERNACIONAL, C.A., ADITIVOS ORINOCO DE VENEZUELA ADINOVEN, C.A., SERVICIOS TÉCNICO ADMINISTRATIVOS VENOCO, C.A., C.A. NACIONAL DE GRASAS LUBRICANTES (CANGL), y VENOSOLQUIM, C.A., , contra la empresa ACEITES Y SOLVENTES VENEZOLANOS VASSA, S.A., sociedad mercantil filial de PDVSA INDUSTRIAL, S.A., filial de PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA).