La Corte dictó decisión por medio de la cual declaró Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto; DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto; REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en virtud de la consulta prevista en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; SIN LUGAR el recurso interpuesto.