Esta Corte dictó sentencia mediante la cual declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación ejercido el 17 de marzo de 2015, por la ciudadana YELITZA GARCÍA CÁRDENAS, asistida por la Abogada Yasenia González, contra la decisión interlocutoria de fecha 9 de marzo de 2015, dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, donde emitió pronunciamiento sobre la admisibilidad de los elementos probatorios promovidos por la parte querellante y sobre la oposición realizada por la parte querellada en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la referida ciudadana contra la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. 2.- DESISTIDO el recurso de apelación ejercido. 3.- FIRME el auto apelado.