En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por la Apoderada Judicial del Municipio Girardot del estado Aragua, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, en fecha 27/6/2005, que declaró Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana NORMA VASQUEZ, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA, 2.- ANULA por razones de orden público, el fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, en fecha 27/6/2005, 3.- INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto y 4.- INOFICIOSO pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto.