La Corte declaró su COMPETENCIA para conocer de la apelación; CON LUGAR la apelación interpuesta por la apoderada judicial del recurrente; ANULA el auto apelado; y ORDENA al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, entregar al ciudadano CARLOS CELESTINO MEDINA GARCÍA el cheque correspondiente al pago de los sueldos dejados de percibir.