En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 9 de abril de 2014, por el Abogado Armando Montilla Becerra, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la firma personal LORENZO VIÑA DÌAZ-AGENTE ADUANAL, contra el auto dictado en fecha diecinueve (19) de diciembre de 2013, por el Juzgado de Sustanciación de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró Inadmisible la demanda de nulidad interpuesta contra el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÒN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), 2. CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto, 3. REVOCA el auto apelado, 4: ORDENA al Juzgado de Sustanciación de esta Corte, pronunciarse sobre las restantes causales de admisibilidad del presente recurso y de ser conducente continúe con el procedimiento de Ley.