1.- Su COMPETENCIA para conocer en consulta del fallo dictado por el Juzgado A quo, 2.- PROCEDENTE la consulta de Ley, 3.- REVOCA el fallo dictado en fecha 17 de julio de 2012, por el precedente Juzgado, y en consecuencia conociendo del fondo declara: 3.1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesta; 3.2.- La NULIDAD de la Providencia Administrativa Nº 196-09 de fecha 5 de agosto de 2009, emanada de la precitada Inspectoría del Trabajo, 3.3.- IMPROCEDENTE la solicitud de reincorporación y el correspondiente pago de sueldos dejados de percibir, peticionado por la actora.