Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos y amparo cautelar, por el abogado Abelardo Ramírez, ya identificado , en su carácter de apoderado judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL CASTANHOLA SYSTEMAS & SOFTWARE C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto del Distrito Capital, anotada bajo el N° 11, Tomo 339-A de fecha 8 de noviembre de 2013, expediente N° 223-1150, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° MJD-DS-12/2015 de fecha 20 de febrero de 2015, dictado por la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ACTIVIDADES HÍPICAS (SUNAHIP).