La Corte ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante sentencia de fecha 23 de octubre de 2006, para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta. Se ORDENA notificar a la parte accionante a los fines de que dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su notificación consigne en esta Corte documento que acredite la condición de representante de los precitados ciudadanos, con la advertencia que la no subsanación de esta omisión, acarreará la declaratoria de inadmisibilidad de la acción de amparo.