En fecha 3 de noviembre de 2014, este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de fecha dos (2) de octubre de dos mil catorce (2014), ordenó la notificación de la Asociación Cooperativa Dipeca, R.S. a los fines de que en un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en auto su notificación, reformulara su pretensión y en caso contrario, lo tramite en los términos originalmente planteados, conforme al procedimiento común a las demandas de contenido patrimonial.