En virtud de las razones que anteceden y conforme a la normativa legal citada, esta Sala de Juicio II del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Revisión de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana, (...), venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº (...), Abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 88.606, en contra de (...), venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº (...), a favor del adolescente (...), de doce (12) años de edad.