Esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dictó sentencia definitiva, mediante la cual declara: : HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO formulado en la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 469.09 de fecha 1 de octubre de 2009, notificada mediante oficio Nº SBIF-DSB-GGCJ-GLO-14978, en fecha 2 de octubre de 2009, emanado de la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS (SUDEBAN) (hoy SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO (SUDEBAN)), en la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Nº 287.09, de fecha 25 de junio de 2009, mediante la cual se impuso una multa de doscientos cincuenta y cinco mil ciento cincuenta Bolívares Fuertes (Bs.F 255.150,00), equivalente al cero coma tres por ciento (0,3%) de s.....