En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra la Sentencia N° 00382, de fecha 04 de agosto de 2022, recaída en el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la sociedad mercantil DAT DE VENEZUELA CONSULTORES, C.A., y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario, este Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución. Líbrese oficio. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha tres (03) de octubre de dos mil veintitrés (2023).
La Juez.
Marilenne Sofía .....