Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos MARLENE DE MENDONCA DE ANDRADE y EDUARDO RAMIREZ FEITO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.394.204 y 13.312.459, respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha 12 de noviembre de 1.994, por ante el Registrador Civil del Municipio Chacao, según acta inserta bajo el N° 486 de los libros llevados por esa oficina.