En la declinatoria de competencia dictada por Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del estado Aragua en fecha 12 de mayo de 2015, en virtud de la demanda de indemnización por daño material, daño emergente y daño moral conjuntamente con solicitud de medida de secuestro preventivo sobre bienes muebles interpuesto por el Abogado Alfredo Gaetano Pulvirenti Hernández, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano YOEL ANTONIO ALMEIDA SOJO contra el ciudadano DOUGLAS ALEXANDER COROBO ALVARADO y el EJERCITO NACIONAL BOLIVARIANO, esta Corte dictó decisión mediante la cual: 1.- ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA efectuada. 2. ORDENA la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación.