Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con Sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declara Parcialmente con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial (Revisión y Ajuste de Pensión de Jubilación), presentado en fecha 02 de Diciembre de 2008, por ante el Juzgado Superior (Distribuidor) Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, por las abogadas Laura Capecci Doubain, Juana Antonia Hernáiz Landáez y María Virginia Francesa-Gherra, actuando en su carácter de coapoderadas judiciales del ciudadano Adolfo Raúl Taylhardat, ut supra identificados, contra la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Ministerio de Poder Popular para las Relaciones, por ajuste de pensión de jubilación previa distribución de causas.
Segundo: Declara improcedente el pag.....