Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 23 de noviembre de 2016, por la ciudadana Ana Beatriz Bracho de Vargas, parte actora, debidamente asistida de abogado, contra el auto dictado en fecha 17 de noviembre de 2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual negó la admisión de la prueba de experticia, promovida por ésta, en el juicio por daños morales, seguido por la ciudadana Ana Beatriz Bracho de Vargas, contra el ciudadano Ignacio Ramírez Barradas, en su condición de médico Neurólogo, y solidariamente responsable a la entidad mercantil Clínica Santa Cruz, en la persona de su representante legal, ciudadano Juan Alberto Rondón Collazo, todos supra identificados. SE ORDENA ADMITIR la prueba de experticia promovida en el escrito de promoción de pruebas de la parte actora. Queda REVOCADO PARCIALMENTE el auto .....