DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos TACHELINE DE LAS MERCEDES MEDINA TORRELLAS Y JOSE LUIS RODRIGUEZ MARCHAN, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Rosa Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha de 22 de Diciembre de 2000, bajo el acta Nro. 513, folio 369 vto, del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 2.000. En lo concerniente a la protección de los hijos habidos dentro del matrimonio se establece que La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza, será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores, siendo que La Custodia la ejercerá la madre. La Obligación de Manutención, se fija en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES (Bs.F 250,oo) mensuales, los cuales serán entregados en el hogar materno. Así mismo, los padres cubrirán en un 50% cada uno, de los gastos de comien.....