Por todas las razones expuestas, este Juzgado Superior, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional incoada por los ciudadanos JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ BASTIDAS, JOSÉ MANUEL CANACHE DÍAZ, JUAN CARLOS CASTRO MARTÍNEZ, LUIS EMILIO GIMÉNEZ RIOS y ANGELO JOSÉ VELÁSQUEZ GOITIA , titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.194.209, 11.095.876, 11.634.814, 12.922.367 y 15.104.089 respectivamente, asistidos por los abogados MARIO RODRÍGUEZ MARTINEZ y YELYTZA PARADA AGUIRRE, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 86.091 y 86.423 respectivamente, contra la sociedad mercantil VISETECA TRANSPORTE DE VALORES, C.A. , y en consecuencia:
ORDENA a la sociedad mercantil VISETECA TRANSPORTE DE VALORES, C.A., restituir en el ejercicio pleno de sus funciones laborales a los ciudadanos JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ BASTIDAS, JOSÉ MANUEL CANACHE DÍAZ, JUAN CARLOS CASTRO MARTÍNEZ, LUIS EMILIO.....