Se dictó y publicó resolución mediante la cual se declaró la competencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo y se admitió el recurso contencioso administrativo de nulidad, se ordenó notificar a los ciudadanos: Fiscal General de la República, Superintendente de la Actividad Aseguradora, Presidente de la Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (ANAUCO) y a la Procuradora General de la República. Asimismo, se solicitó al Superintendente de la Actividad Aseguradora, el expediente administrativo relacionado con el presente caso, una vez cumplidas las notificaciones ordenadas, se librará el cartel de emplazamiento a los terceros interesados. Se ordenó la apertura de un cuaderno separado a los fines de la tramitación del Amparo Cautelar solicitado, el cual será remitido inmediatamente a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.05