Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana BEXAY ALEJANDRA HERNANDEZ PIMENTEL, plenamente identificada en el encabezamiento de la presente decisión, ejercida en contra de la ciudadana LISSETTE CAROLINA TERAN BENITEZ, y en consecuencia, ordena la inmediata restitución de la situación jurídica infringida, y que se le permita a la accionante ejercer la plena posesión del inmueble constituido por un apartamento distinguido con el número 604, ubicado en la Urbanización Ruiz Pineda, UD7, bloque 1, escalera 2, piso 6, Municipio Libertador del Distrito Capital.
De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgá.....