Se dictó decisión mediante la cual se ORDENÓ, de conformidad con lo previsto en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, por remisión del artículo 533 eiusdem, abrir una articulación probatoria de ocho (8) días de despacho contados a partir del día siguiente a aquél en que conste en autos la práctica de la última de las notificaciones de las partes, a objeto de que el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo, pruebe lo que estime conducente en relación con el cumplimiento de "la reincorporación del querellante al cargo de Inspector del Trabajo III o a otro de igual o superior jerarquía en el Ministerio del Trabajo", hoy, Ministerio del Poder Popular para el Trabajo. 03