DISPOSITIVA:
En mérito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control nro. 02, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: ADMITE la querella interpuesta por la Abogada: MAYRA VIRGINIA SULBARAN MELENDEZ, titular de la cédula de identidad nro. 14.160.616, contra la ciudadana: MARTHA LUCIA GONZALEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad nro. E-81.102.293, por la presunta comisión de los delitos de: Estafa y Apropiación Indebida Calificada, previstos y sancionados en los artículos 462 y 466 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el artículo 468 Ejusdem.-
SEGUNDO: Se confiere a la víctima la condición de PARTE QUERELLANTE, ordenándose la notificación al Ministerio Público y a la imputada,
Notifíquese, Regístrese, Publíquese, Cúmplase.-