En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, resuelve:
PRIMERO: Impone al ciudadano JHONATAN JOSE OLIVAR GONZALEZ, cédula de identidad Nº V-17.873.692, nacido en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, el 24-04-1986, de 25 años de edad, Venezolano, Soltero, de Ocupación Carnicero, hijo de Pastora González y José Olivar, residenciado Urb. La Ceiba II calle 4, Sector 2, Cada Nº 31, a una cuadra de un liceo en construcción Quibor, Estado Lara. Telf.: 0253.4913999, medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad de presentación periódica cada ocho (08) días ante la Taquilla de Presentaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara.-
SEGUNDO: Se acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión que pesa sobre el imputado, así mismo .....