D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano OSCAR MANUEL QUERALES GUTIERREZ, asistido por el abogado en ejercicio JOGNAM GUTIERREZ MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.159, contra el auto dictado el 21 de Abril de 2008 por la Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMATORIA), intentado por OSCAR MANUEL QUERALES GUTIERREZ contra el ciudadano JOSE DANIEL ACOSTA MASCARE, mediante el cual negó la admisión de la causa. Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro r.....