/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE LA ACUMULACION DE LAS ACTUACIONES RECIBIDAS del Juzgado Tercero en Funciones de Ejecución de este Circuito Penal, signadas con la nomenclatura Nro. KP01-P-2008-008320 al ASUNTO KP01-P-2000-001549, ambas relacionadas con el penado: HECTOR ALEJANDRO VILLEGA ROA, titular de la cedula de identidad Nº 15.960.409, ALVARO ANTONIO MELENDEZ RODRIGUEZ identificado con cédula de identidad Nro. 15.848.907, a quien le fue otorga la LIBERTAD, por cumplimiento de la pena, en el Asunto KP01-P-2000-001549, conforme lo establecido en el artículo 105 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, devuélvase al Juzgado Tercero en Funciones de Ejecuciones el Asunto Nº KP01-P-2008-008320. Todo de conformidad con el artículo 479 Código Orgánico Procesal Penal.- Regístrese y publíquese la presente deci.....