Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Revisión interpuesto por la abogada REYNA LEAL HERRERA, Defensora Pública Vigésima adscrita al Sistema Autónomo de la defensa Pública del Estado Carabobo, a favor del penado LEON IZQUIERDO RICHARD ALEXANDER, conforme a los artículos 470 ordinal 6° y 472 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Modifica la pena que fuera impuesta a dicho ciudadano en sentencia del 03 de Noviembre de 2004, en TRES (03) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte, de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia al ar.....