Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por los abogados RODOLFO PLAZ ABREU, ALEJANDRO RAMÍREZ van der VELDE, JOSÉ GREGORIO TORRES RODRÍGUEZ y ANTONIO PLANCHART MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.967.035, V-9.969.831, V-9.298.519 y V-12.959.205 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 12.870, 48.453, 41.242 y 86.860, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa GENERACIÓN DE VAPOR GENEVAPCA, C.A. con domicilio en la ciudad de Cardón, Municipio Carirubana del estado Falcón, debidamente identificada al principio de la presente decisión, en contra de la Resolución N° SAT-GTI-RCO-600-599, de fecha 24 de septiembre de 2003, emitida por la División de Fiscalización de la Gerencia de Tributos Internos de la Región ce.....