este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la ACCION REIVINDICATORIA, interpuesta por la ciudadana LILIA LIBERATORE BURZI, debidamente asistida por el abogado VICTOR G. CARIDAD ZAVARCE, contra el ciudadano ALBRIHI FERAS, identificados plenamente anteriormente, en consecuencia, se declara nulo el auto de admisión de fecha 11 de Agosto de 2017, así como todas las actuaciones posteriores al referido auto.
SEGUNDO: Se condena en costas procesales a la parte actora de conformidad con lo establecido en la Sentencia N° R.C 0-118, expediente AA20-C-2002-000851, de fecha 22 de septiembre del 2004 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo Justicia. Ponencia Magistrado Carlos Oberto Veliz, caso Banco República C.A contra Banjour Fashion de Venezuela.
TERCERO: El presente .....