´En consecuencia, este Tribunal ordena librar oficio dirigido a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN), en tal sentido, se apertura un lapso probatorio de treinta (30) días de despacho siguiente para la evacuación de las pruebas promovidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 400 del Código de Procedimiento Civil.-
El Juez,
Magdiel José Torres.
La Secretaria,
Lucila Suarez Alvarado.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado y se libró oficio Nº 471/2025, dirigido la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN).-
MJT/LSA/MariaS.-
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