D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana da Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: DECLARA SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano ABG. HORACIO MORALES LEÓN, en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos RONALD ISAÍAS TORRES JUÁREZ y WILMAN ANTONIO LARA MARTÍNEZ, en contra de la DRA. SHELLYS YADIRA BRAVO, en su condición de Juez Provisoria del Tribunal Undécimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, remítase el presente cuaderno de incidencias al Tribunal de la causa, y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ PRESIDENTE
(PONENTE)
DR. JESÚS.....