En consecuencia, éste Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOSE RAFAEL SANCHEZ CONTRERAS y MERCEDES ROMELIA GONZALEZ BELISARIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 8.795.659 y 8.572.933, respectivamente, por ante la Registro Civil del Municipio Leonardo Infante Valle de la Pascua, Estado Guarico, anotado bajo el Nº 222, del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo llevados durante el año 1994. Durante la unión matrimonial procrearon tres (3) hijos de nombres: JULIO JOSE, MERCEDES JOSE Y MARIA JOSE SANCHEZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 17.740.059, 20.922.087 y 20.922.088, respectivamente. Se declara extinguida la comunidad de gananciales existentes entre las parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del código Civil. Ofíciese a los O.....