DISPOSITIVA:
El Penado CARLOS RAUL RODRIGUEZ LUCENA, fue detenido en fecha 19/12/01, permaneciendo detenido por lo que lleva hasta hoy DOS (2)AÑOS, OCHO (8) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS; pero al mismo tiempo le fue Redimida la pena por el lapso de CINCO (5) MESES, VEINTINUEVE (29) DIAS Y QUINCE (15) HORAS, dando un total de pena cumplida de TRES (3) AÑOS, DOS (2) MESES, VEINTITRES (23) DIAS Y QUINCE (15) HORAS, faltándole por cumplir SEIS (6) AÑOS, NUEVE (9) MESES, VEINTISEIS (26) DÍAS Y NUEVE (9) HORAS DE PRESIDIO pena que extingue el 10/07/2011.
Por cuanto se observa que el referido penado, fue condenado por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal y visto que se encuentra dentro de las limitaciones establecidas en el Artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que dicho penado podrá solicitar cualquiera de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, luego de haber estado privad.....