DECISIÓN:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda interpuesta por la ciudadana INES MARIA ROA DE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.257.342 y de este domicilio, por intermedio de su apoderada judicial, abogada: THAIS MALDONADO ROA, venezolana, mayor de edad, de tránsito por esta ciudad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.771.115, abogada en ejercicio de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 53.626, contra la Sociedad Mercantil “HERMANOS GUEDEZ GONZÁLEZ, C.A,” inscrita ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Décima Circunscripción Judicial, actualmente Registro Mercantil Segundo del Estado Lara. En consecuencia, declara PRESCRITO EL CRÉDITO HIPOTECARI.....