Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Con lugar la solicitud de Divorcio, presentado por el ciudadano JOSE ROSELIANO GONZALEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.438.482, contra la ciudadana YELITZA MARIA SILVA SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.025.442, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano vigente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, del Municipio Iribarren, Estado Lara, en fecha 20 de diciembre de 1993, bajo el acta Nº 891, folio Nº 38 vto, llevados a los libros de Registro Civil de Matrimonio del año 1993. Se confirma lo ac.....