"...este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud, formulada por los ciudadanos: JORGE EMILIO ORTIZ ESCALONA Y CARMEN JOSEFINA ACOSTA CARDENAS, debidamente identificados en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo Matrimonial que los unía desde el día 4 de Febrero de 1994, fecha en la que contrajeron matrimonio ante la Prefectura de la Parroquia San José, hoy Oficina del Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo.
NO PROCREARON HIJOS. LIQUÍDESE LA COMUNIDAD CONYUGAL. PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA. Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Valencia, a los catorce (14) días del mes de Ab.....