Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la conmutación del resto de la pena en Confinamiento a GUSTAVO JAVIER MERCADO MENDEZ, C.I. Nº 18.862.367, por el lapso de pena que le queda por cumplir, aumentada en una Tercera parte, que sería por Dos (02) Años, Siete (07) Meses y Quince (15) Días y Ocho (08) Horas, hasta el día 31 de Enero de 2014, debiéndolo cumplir en la dirección siguiente: Sector II, la Cañada, Calle las Flores, Esquina Calle Colombia, Parroquia San Antonio del Municipio Autónomo Miranda del Estado Falcón, Debiendo ser supervisado por el Prefecto del Municipio Autónomo Miranda del Estado Falcón o por el Tribunal de Ejecución que corresponda su vigilancia y Control, pues el mismo dista a más de Cien Kilómetros del lugar donde se cometió el Delito
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