En base a las anteriores consideraciones, este Tribunal de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONVIERTE EN DIVORCIO la separación de cuerpos solicitada, y en consecuencia se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos HILMER ALBERTO HERNANDEZ AGUILAR e YSAMAR CAROLINA GARCIA HERRERA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 7.959.300 y V.- 12.436.753, en fecha 09 de Junio de 2001, ante la Secretaria de la Cámara Municipial del Municipio Esteller del Estado Portuguesa, inserta bajo el Nro.30, folio 49 y 5., del libro de Matrimonio llevados por ante ese despacho durante el año 2001.