PRIMERO: De conformidad con el numeral 1 del artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal:
SE ORDENA LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a los fines de juzgar a los acusados:
1.- YNGRIS COROMOTO LUQUE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.310.698, Fecha de Nacimiento: 05/03/1960, Edad: 50 años, grado de instrucción: 3er Año, Ocupación: Oficio del Hogar, hijo de Dilia Luque y Ramón Colmenarez, residenciado en Barrio el Trompillo calle principal, esquina la Esperanza, casa numero 48 -A Estado.
2.- EURIS PASTOR URDANETA LUQUE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V- 21.504.807 Fecha de Nacimiento: 15/12/1985, Edad: 24 años, grado de instrucción: 1er Año. Ocupación: Promotor, hijo de Euro Urdaneta y Yngrys Luque, residenciado en Barrio el Trompillo calle principal esquina de la calle La Esperanza, casa número 48 -A- Estado Lara.
TERCERO: De conformidad con el numeral 3 del artículo 331 del.....